MICROPÍLDORAS CONCURSALES III

 

A diferencia de lo que ocurre con el resto de concursos que deben publicarse en el BOE, en los supuestos de concurso de acreedores de microempresa  la apertura del procedimiento especial se publicará únicamente en el Registro Público Concursal y surtirá los efectos de notificación respecto del deudor y acreedores de cuya dirección electrónica no se tenga constancia.

 

Esta nueva regulación es especialmente trascendente para aquellos acreedores que usan como fuente de información el BOE ya que deberán adaptar sus procesos para hacer valer sus derechos ante el concurso de microempresarios a partir del 1 de enero de 2023.

 

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