Dicen que en España no hay cultura del acuerdo y por eso la Ley nos “obliga” a intentar un Medio Adecuado de Solución de Controversias antes de acudir a la jurisdicción civil, dado que el español “mutuo propio” no intenta alcanzar acuerdos de manera amistosa y acude directamente a la vía judicial, colapsando de este modo la Administración de Justicia.
Permítanme que discrepe y que les recuerde que nuestros ancestros llevan la cultura del acuerdo en su ADN y por lo tanto, nosotros, por herencia, también. Ahora bien, igual lo entenderán mejor si hablamos de la cultura del “trato”.
Leía ayer en las redes un post de una amiga en el que escribía que su padre tenía un traje que se ponía solo cuando iba a cerrar un trato. ¿les suena?
Toda la vida en la España profunda, y no tan profunda, se han cerrado tratos, lo que hoy llamamos acuerdos. Prefiero mil veces el término trato porque creo que todos nos identificamos de alguna manera con él. A mi me recuerda a mi abuelo que vivía en un pueblo y cerraba tratos constantemente. El más simpático cuando compró 100 olivos y firmaron el trato con tiza en una piedra. Tengo mis dudas de si un Notario hoy elevaría a público este acuerdo tan peculiar, pero la realidad es que el trato de toda la vida es lo que ahora llamamos acuerdo: dos partes, o más, que negocian hasta cerrar un pacto.
La diferencia probablemente esté en que el trato del que yo hablo se alcanzaba entre particulares de buena fe que tenían intereses entrelazados y que por sus propios medios acercaban sus posturas hasta formalizarlo. Justo lo que pretende la Ley 1/2025 de medidas para la eficiencia del Servicio Público de Justicia, salvo que, en este caso, el intento de negociación y los acuerdos que se alcancen, deberán respetar una serie de formalidades para garantizar que efectivamente se ha tenido la intención de dar solución al conflicto de manera amistosa.
En primer lugar, la Ley prevé que intervengan profesionales, bien sean abogados, mediadores, conciliadores o expertos independientes, que faciliten la comunicación y sean doctos en negociación, para que haya una mayor probabilidad de éxito.
Se exige además que se documente de un modo determinado tanto el intento como el acuerdo en sí, para que se entienda que la tentativa de negociación ha sido válida. No creo que la piedra de mi abuelo pasara el filtro del LAJ.
Pero la base en la que se inspira esta ley considero que es hartamente conocida en España, la cultura del acuerdo (del trato).
Hoy, Día de la mediación, quiero hacer un llamamiento a todos los que leéis estas líneas y que sentís como la “cultura del trato” late en vuestros genes. La Ley 1/2025 nos brinda la oportunidad de recuperar el modo en que desde siempre se han solucionado los conflictos y nos recuerda que deberíamos ser capaces de solventar nuestras diferencias por nosotros mismos con el acompañamiento de terceros profesionales, dejando los Tribunales para aquellos casos en los que a pesar de haberlo intentado ha resultado imposible materializarlo. No perdamos esta oportunidad convirtiendo al requisito de procedibilidad en un mero trámite.
¡Feliz Día Europeo de la Mediación!
Fdo. Amelia Medina Cuadros
MEDIADORA Y ABOGADA